Ante el virus, el Derecho

José María Limones Gómez

Autor: José María Limones Gómez

Ciertamente el Derecho es un instrumento para facilitar y conseguir la convivencia social tan deseada y al mismo tiempo, superar el “estado de naturaleza” postulado por Hobbes en su obra Leviatán.

En mi opinión, tenemos que distinguir dos situaciones donde el Derecho se desarrolla. Por un lado tenemos la situación de paz, en ella, el Derecho se presenta como un engranaje más en la maquinaria del control social. Por el otro lado, situaciones de calamidad, de extremada urgencia, donde la labor del Derecho se cuestiona.

Referente a este segundo extremo, en los últimos meses asistimos, algunos con gran estupor, al desarrollo de un pensamiento –ubicado en las clases dirigentes- el cual postula que ante situaciones de urgencia, calamidad o desastre, el Derecho, sino debería apartarse –en aras de una mayor efectividad de las políticas de control de la pandemia- si ser mucho más flexible (un ejemplo sería el confinamiento de Madrid). Este pensamiento se asienta en que el Derecho estorba, complica los remedios para frenar la expansión del virus y en definitiva debe ser superado en base a una mayor utilidad/efectividad.

Bien es cierto que en situaciones de normalidad el Derecho se cuestiona (que no se sobrepasa, supera) es importante la distinción pues una cosa es que el ciudadano constantemente lo cuestione (comete un delito, o un ilícito civil, administrativo) y otra cosa bien distinta es que, la clase dirigente supere el Derecho.

Entiendo que este segundo extremo es un craso error, si bien la función del Derecho en situaciones “ordinarias” está aceptada por la Sociedad –como no podía ser de otra forma-, en situaciones de calamidad, creo que es cuando el Derecho despliega todo su potencial. Creo en la idea de que el Derecho es la última barrera antes de la arbitrariedad, de la tiranía en definitiva. Además si se supera el Derecho entraríamos en una espiral de inseguridad jurídica que en nada nos beneficiaria.

Pongo por ejemplo una situación que se da con mayor asiduidad y donde no se acepta el concepto de eficacia/utilidad como forma de superar al Derecho. En la guerra, negando el principio romano de cuando las armas hablan el Derecho calla, hay normas contenidas en los Convenios de Ginebra de 1949, que regulan el ius in bello.

Entiendo por tanto que el Derecho no puede ser utilizado al antojo de los dirigentes de turno, usándolo cuando les viene bien y negándolo cuando las cosas se tornan grises. Creo que en eso consiste el Estado de Derecho, en definitiva las reglas del juego. Otra cosa será que la legislación no guste o quede desfasada, entonces será otro asunto, un asusto de política legislativa, la cual es tan legítima como necesaria.

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